
JUNTA DISTRITAL BELLOSO
Parte de nuestra historia al ser elevado como Distrito Municipal
CONSIDERANDO: Que los pobladores del municipio de #Luperón, provincia de Puerto Plata, se identifican con el territorio del distrito municipal de #Belloso, considerándolo extremadamente importante desde su nacimiento como paraje, hasta transformarse en centro productivo agrícola, que motivó para ser elevado a la categoría de sección, mediante ley 222-98, de fecha 8 de julio del 1998, dentro del territorio del municipio de #Luperón;
CONSIDERANDO: Que el trabajo, dedicación y esfuerzo productivo en la comunidad de #Belloso, Luperón, transformó la sección de #Belloso del municipio de Luperón en la más importante de todas, por tal razón, su crecimiento y dinamismo económico provocó ser elevada nueva vez a la categoría de distrito municipal, mediante ley 07-02, de fecha 30 de enero del 2002, pero esta vez se hizo inconsultamente, fuera del límite del territorio del municipio de Luperón;
CONSIDERANDO: Que la ley 07-02 traspasa políticamente el territorio del distrito municipal de #Belloso, desde el municipio de #Luperón, hasta el municipio de Villa Isabela, pero esto fue hecho sin el consenso de las fuerzas civiles y políticas del municipio de #Luperón, que se sienten hoy afectadas, por ser éste, el centro económico más productivo del municipio, y la parte esencial de la producción agrícola, con sus asentamientos campesinos, que son modelos de productividad;
CONSIDERANDO: Que el Congreso Nacional elevó de categoría a #Belloso; de paraje a sección dentro del ámbito del municipio de #Luperón y luego fue elevada a distrito municipal de #Belloso, y por omisión del interés del municipio de Luperón, fue transferida políticamente a los límites del municipio de Villa Isabela, sacándola del municipio de Luperón, al cual ha pertenecido siempre desde su nacimiento;
CONSIDERANDO: Que es deber del Congreso Nacional vigilar por la equidad de las leyes sobre la forma que afectan las poblaciones y comunidades, particularmente, al interés y utilidad social, para no perjudicar o actuar en desmedro del espíritu de bienestar, que deben ser parte esencial en las mismas.
VISTA: La ley 7-02, del 30 de enero del 2002, que eleva la sección #Belloso, del municipio de Luperón a distrito municipal, con el nombre de Distrito Municipal de #Belloso.
HA DADO LA SIGUIENTE LEY:
Art. 1.- Se modifican los artículos 1, 2, 3, 4 y 5 de la ley 7-02, del 30 de enero del año 2002, para que en lo adelante digan:
“Art. 3.- El distrito municipal de #Belloso, queda integrado al municipio de Luperón, de la provincia Puerto Plata.”
“Art. 4.- El paraje Cerro de Navas, de la sección El Higo, municipio de Luperón, se eleva a la categoría de sección y pasará a formar parte del Distrito Municipal de #Belloso, municipio de Luperón y estará integrada por los siguientes parajes: Los Conucos y Cerro de Navas.”
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